domingo, 28 de julio de 2013

COMUNICADO DIRECCION DE GESTION - TRIBUNALES DE CLASIFICACION : ACRECENTAMIENTO

A LAS SECRETARÍAS DE ASUNTOS DOCENTES
A LOS TRIBUNALES DE CLASIFICACIÓN DESCENTRALIZADOS

Vistos el Art. 69 del Estatuto del Docente y su Reglamentación y la Disposición Nº 550/10 de la Dirección de Tribunales de Clasificación, las Direcciones abajo firmantes cumplen en aclarar que NO se otorgará ACRECENTAMIENTO a los docentes con recalificación laboral definitiva, dado que NO CUMPLEN uno de los requisitos para solicitarlo en el área de incumbencia de título en la que realizó el ingreso como titular, que es poseer capacidad psico-física exigida para el ingreso a la docencia.

 Dirección de Gestión                                                     Dirección de Tribunales
de Asuntos Docentes                                                         de Clasificación


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